La Provincia
Por la falta de lluvias

Prorrogan la emergencia por sequía todo el 2023

Afecta a casi todo el territorio provincial con excepción de los valles irrigados de Añelo y Confluencia.

El Poder Ejecutivo provincial prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia por sequía declarada en 2021 en gran parte del territorio provincial, exceptuando los valles irrigados de los departamentos Añelo y Confluencia.

Las actividades agropecuarias que comprende esta declaración son la ganadería, la apicultura, la acuicultura, la forestación y la producción de forrajes.

El ministro de Producción e Industria, Facundo López Raggi, sostuvo que esta declaración “constituye un marco normativo que permite actuar y gestionar recursos. A la Comisión Nacional de Emergencia y Desastre Agropecuario le presentaremos un plan para abordar esta emergencia que permita asistir a productores y productoras afectados por la sequía”.

“Estas acciones complementarán la asistencia con forraje que ya se viene realizando en algunas zonas damnificadas”, agregó, y recordó que el marco ofrecido por el gobierno nacional “permite gestionar beneficios tributarios e impositivos”.

La ley provincial 3117 establece que las y los productores afectados deben completar una Declaración Jurada que permite a la subsecretaría de Producción emitir un Certificado de Emergencia o Desastre agrario. Con ese Certificado es posible gestionar la postergación del pago del impuesto inmobiliario. Asimismo, los organismos crediticios provinciales evaluarán la prórroga de los pagos de las cuotas de créditos otorgados a los productores afectados, entre ellos el Banco Provincia del Neuquén, el Centro PyME Adeneu, el Copade y el IADEP.

Por otro lado y en el mismo sentido, el Ministerio de Economía de Nación amplió los beneficios fiscales a nivel nacional, entre ellos los concernientes a la AFIP, con suspensión de acciones judiciales y de los anticipos correspondientes a ganancias, bienes personales y el fondo para la educación y promoción cooperativa, cuyos vencimientos hubieran sido fijados entre el 1° de febrero de 2023, inclusive, y la fecha de finalización del período de vigencia del estado de emergencia.

También ordenó el diferimiento del pago de las declaraciones juradas correspondientes al impuesto a las ganancias -excluido el impuesto cedular-, bienes personales y al fondo para la educación y promoción cooperativa, la deducción en el balance impositivo del impuesto a las ganancias del 100 por ciento de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina y, para los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, se diferirá el pago del impuesto integrado cuyo vencimiento opere durante el período de vigencia del estado de emergencia por sequía.

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