Judiciales y Policiales
Fallecimiento dudoso

Zapala: el juzgado federal aclaro puntos sobre la muerte del soldado Córdoba

Se han hecho 3 planimetrías del lugar del hecho, las dos primeras por Policía Federal y la última por la Policía de Neuquén.

El juzgado federal de Zapala informó que en referencia a la causa de muerte dudosa del soldado Pablo Jesús Córdoba el hecho que aquí se investiga, ocurrió el uno de junio y el juzgado federal toma conocimiento ese mismo día a las 7.10 horas, mediante una comunicación recibida por parte del personal de la Policía Federal Argentina con asiento en ciudad de Zapala.

Desde el inicio de las actuaciones y en las primeras horas se adoptaron una serie de medidas para preservar la prueba, acordonar el lugar de los hechos, secuestro del arma, disposición del cuerpo para la realización de la autopsia, el secuestro del celular y del uniforme del causante, etc. Actualmente intervienen en la investigación tres fuerzas, la Policía de Neuquén, Policía Federal Argentina y Gendarmería Nacional y se han tomado hasta el día de la fecha 29 pruebas testificales.

Se han hecho 3 planimetrías del lugar del hecho, las dos primeras por Policía Federal y la última por la Policía de Neuquén. Además de la autopsia del cuerpo y se ha solicitado por parte del tribunal una ampliación de la misma. Se ha requerido al Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación el peritaje toxicomanigena del causante.

Se ha encomendado al Grupo de Criminalística de la Policía de Neuquén el análisis de la ropa del causante, a fin de encontrar restos de pólvora y sangre. A la vez que se ha hecho una inspección ocular con reconstrucción de los hechos, en presencia de los primeros testigos que arribaron al lugar, la fiscalía y la querella.

Además, Se ha ordenado la realización de una autopsia psicológica, encomendada a una experta de la Gendarmería Nacional. Se ha realizado un peritaje sobre el arma que fue encontrada en el lugar de los hechos. Y se ha ordenado la explotación y obtención de información del teléfono celular y de la computadora del soldado Córdoba.

Por otro lado, se ha ordenado la realización de un peritaje respecto de la deflagración de la pólvora a la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de Gendarmería Nacional, la que fue notificada a la querella y Ministerio Publico, sin que ofrezcan perito de parte, ni puntos de pericias hasta hoy. En tanto que se ha ordenado un rastrillaje cibernético, a fin de obtener las publicaciones y datos en las cuentas públicas y privadas en las redes sociales del causante.

Entre las medidas del juzgado se indica además que se dispuso el levantamiento del secreto bancario, a fin de obtener el estado financiero del soldado fallecido. Se ha solicitado informes a compañías de Telefónicas y se incorporó a la causa el auto de procesamiento dictado por el Juez Titular del Juzgado Federal Nro. 2 de Neuquén y su confirmación por parte de la Excma. Cámara Federal de Gral. Roca, en la causa “Quintana Ángel Luis y Otro s/intimidación Pública y otros” Nro. FGR 7080/2020.

Se supo además que el Juez Federal Subrogante es además titular del Juzgado Federal de Gral. Roca (Pcia. De Río Negro) y ha viajado en varias oportunidades y participado en todas las diligencias que requirieron su presencia física en la ciudad de Zapala, desde la ocurrencia del hecho hasta la actualidad, además de haber viajado a otras ciudades por ser Juez Federal Subrogante electoral del distrito Rio Negro –en año electoral- y en causas que además tiene a cargo, resultando falaz que solo se hubiera apersonado al Tribunal en una sola ocasión. Por otro lado, se debió corregir disciplinariamente al letrado de la querella, por haberse comprobado objetivamente una inconducta procesal.

Por último, se indica en el escrito que el Ejército Argentino no ha intervenido en el ámbito de la investigación judicial y que se ha solicitado la incorporación del sumario administrativo al jurisdiccional.

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