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Contra la violencia de género

Deudores alimentarios no podrán ser proveedores de CALF

Los interesados deberán presentar la documentación necesaria para acreditar su exención del Registro de Violencia Familiar y de Género, y del Registro de Deudores Alimentarios.

La cooperativa de servicios de Neuquén CALF, determinó que para ser proveedor de la empresa, los interesados deberán presentar la documentación necesaria para acreditar su exención del Registro de Violencia Familiar y de Género, y del Registro de Deudores Alimentarios.

La disposición fue dispuesta por la Mesa Directiva de la cooperativa a través de la Resolución Nº 135/23 y regirá para todos los proveedores, ya sean personas humanas o jurídicas. Los actuales proveedores, tendrán un plazo de 30 días para presentar los certificados exigidos por la nueva resolución.

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